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El Pago Por Disponibilidad como fórmula para ejecutar inversión pública y generar empleo en la provincia de Alicante

Los devastadores efectos de la pandemia de la Covid-19 no solo han afectado a la vida de muchas personas, sino que van a provocar niveles de déficit de la administración pública orden de los dos dígitos para dar respuesta, en la medida de lo posible, a la actual emergencia social. Ello conducirá a una palmaria escasez de recursos públicos para afrontar otras necesidades del tejido productivo: infraestructuras, equipamientos, actuaciones de restauración, etc.

Por estas razones, la participación-público-privada (PPP) aparece como una fórmula para atender a esas demandas aprovechando la experiencia acumulada durante los últimos años en España y por las empresas españolas. Así, uno de los tipos de PPP que podría adaptarse en buena medida a los requerimientos actuales es el llamado “Pago Por Disponibilidad” (PPD), aplicable a obras públicas, equipamientos, actuaciones de eficiencia energética y restauración del patrimonio.

Las principales características del PPD son que la empresa concesionaria se encarga de sufragar íntegramente la obra pública (del tipo que sea) y los costes de mantenimiento y explotación durante el periodo concesional, 40 años como máximo. La Administración abonaría un canon anual a la concesionaria en concepto de pago por disponibilidad que le permita amortizar durante el periodo concesional los costes anteriores. Y estos pagos se regulan por contrato de acuerdo a diferentes parámetros de calidad de servicio en función del tipo de obra que, en caso de incumplimiento por parte de la concesionaria, incurrirían en descuentos de pago. Además, este sistema es acorde con lo estipulado con en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos de Sector Público.

Como grandes ventajas de su aplicación, la PPD permitiría movilizar los recursos económicos necesarios porque, con una adecuada transmisión de riesgos al concesionario, se evita cargar el gasto al presupuesto de la administración pública contratante -no consolidaría en el presupuesto- dado que cumpliría con los criterios y normas del Sistema Europeo de Cuentas (SEC 2010) y de Eurostat. Y también garantizaría un adecuado mantenimiento de la obra ejecutada y del servicio ofertado pues, como se ha señalado, es condición que así sea para que el concesionario no vea disminuidos sus ingresos vía canon.

Bajo esta modalidad de PPP se podrían ejecutar las numerosas infraestructuras y equipamientos que precisa la provincia de Alicante notando, así mismo, que el sector de la construcción es uno de los que más empleo y riqueza generan por euro invertido en fases de proyecto y ejecución, en unos meses y años en que la generación de empleo será indispensable como política pública.

Armando Ortuño Padilla
Director de Proyectos de INECA